Moción para mandar a modificar el Código Penal, definiendo los distintos tipos de maltrato animal y estableciendo las penas correspondientes a cada caso.


Liceo Comercial Enrique Oyarzún Mondaca - CONCEPCION - Región del Bío-Bío



Liceo Comercial Enrique Oyarzún Mondaca – CONCEPCIÓN – Región del Bío-Bío

1. Objetivo.

La presente moción tiene por objetivo mandar a modificar el Código Penal, en lo que respecta a protección animal, instaurando los conceptos que permitan identificar claramente la naturaleza de los malos tratos hacia los animales y proporcionando penas acordes para cada caso, con el fin de disminuir o erradicar tales prácticas.

2. Fundamentos.

En 1989 la Ley 18.859 deroga el numeral 35 del artículo 496 del Código Penal y le agrega a éste el artículo 291 bis, pasando de considerarse el maltrato excesivo para con los animales solo como falta a sancionar el maltrato o crueldad para con los animales como simple delito. En el 2009 se promulga la Ley 20.380, la cual establece los principios respecto de la tenencia de animales, apunta a la educación para el respeto y la protección de los animales y modifica el artículo 291 bis. Así, hoy “el que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última".

Si bien podemos decir que nuestro país ha avanzado en materia de protección animal, es evidente que la normativa vigente no es aún lo suficientemente consistente como para resguardar la integridad de los animales, puesto que las penas de presidio, en muchas ocasiones, pueden ser evadidas cancelando un monto de dinero o, en el mejor de los casos, resultan muy bajas.

El maltrato animal, en vez de mermar, ha aumentado, viéndose esto reflejado en las crecientes denuncias por este tipo de delito, como informó la PDI a fines del año pasado[i]. A su vez, hemos sido testigos, a través de los medios de comunicación, de horrendas acciones en contra de los animales, como es el caso de un perro crucificado en Osorno en octubre del 2012[ii] o el del gatito centrifugado en una lavadora en el 2013[iii].

Lo expuesto es preocupante, no solo porque inocentes seres se ven sometidos a malos tratos, sino también porque estos son indicadores de conductas antisociales en quienes los cometen[iv] e incluso se ha visto que muchos individuos han incurrido en tales prácticas antes de volverse delincuentes[v].

Urge implementar la modificación propuesta, pues permitirá establecer penas acordes a la gravedad de los hechos cometidos, desincentivando, así, el maltrato animal.

3. Proyecto de Ley.

Artículo único.- Reemplázase el artículo 291 bis del Código Penal, por el siguiente:

El que cometiere actos de maltrato por omisión, no proporcionando o procurando las condiciones mínimas para un animal, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y con multa de dos a diez unidades tributarias mensuales; quien cometiere actos de maltrato por acción, produciendo, sin habérselo propuesto, el daño o la muerte de un animal, será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio y con multa de once a veinte unidades tributarias mensuales; y el que cometiere actos de crueldad contra un animal ex profeso, consciente o inconsciente del daño ocasionado, será castigado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo y con multa de veintiuna a treinta unidades tributarias mensuales. Además, quien cometiere cualquiera de estos delitos será obligado a prestar servicios a una ONG animalista.


[i] http://www.mascotadictos.com/blog/tenencia-responsable/maltrato-animal-el-signo-de-alarma-aun-ignorado-por-la-sociedad-l10646

[ii] http://www.biobiochile.cl/2012/10/24/macabro-caso-de-maltrato-animal-denuncian-que-perro-fue-crucificado-en-osorno.shtml

[iii] http://www.soychile.cl/Santiago/Sociedad/2013/08/07/191956/Un-video-muestra-como-dos-ninos-meten-a-un-gato-en-la-lavadora.aspx

[iv] http://es.wikipedia.org/wiki/Crueldad_hacia_los_animales

[v] Foucault, Michel. Los anormales. 2007. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.