Derogación del código de agua


Liceo Corina Urbina Villanueva - SAN FELIPE - Región de Valparaíso



                                                 

                                             Iniciativa juvenil de Ley

                             Derogación del código de agua

 

Problemática: La creciente demanda por materias primas ha provocado una perturbación progresiva sobre los ecosistemas, lo que ha dificultado cada vez más el manejo de los recursos naturales. El agua, elemento esencial de los ecosistemas y que sostiene todas las actividades humanas, se encuentra en un estado particularmente crítico producto del agotamiento de acuíferos y desecación de aguas superficiales. El problema del agua es sobre todo un problema social, que involucra tanto a los derechos de las personas como a las autoridades que conceden y administran tales derechos, por lo tanto, debe ser entendido como un asunto principalmente político y de urgencia nacional. Es así,  como el actual marco legal e institucional que rige el uso y manejo de los recursos hídricos en Chile, está establecido en la Constitución política de 1980 y detallado en el Código de Aguas de 1981, por lo que no debe quedar fuera del análisis el hecho de que la gestión del agua en nuestro país tuvo su origen en dictadura, en consecuencia, estrechamente vinculado a la instauración del modelo neoliberal.

Aquella perspectiva económica queda manifiesta en la misma definición que se les da a las aguas en el artículo 5° del Código, donde dice que son un “bien nacional de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas”, lo cual las transforma al mismo tiempo en un “bien económico”. En la práctica, esto quiere decir que su gestión y manejo quedan sujetos a los criterios del libre mercado y a las normas de la propiedad privada, generando así el mercado del agua.

 

Fundamentos:

Impacto social: Todo asentamiento humano se construye sobre la base de una fuente de agua potable que pueda suplir los requerimientos básicos de una población. Esto que resulta una perogrullada ha sido elemental en el desarrollo humano a través de los tiempos.

La zona norte de nuestro país –por ejemplo- alberga el desierto más árido del mundo, y en esta tierra la escasa disponibilidad de agua genera conflictos por las prioridades de su uso, principalmente entre la actividad minera y las comunidades locales. Por nombrar sólo un caso, el año 2005 la DGA reconoció “daño por desecación” de Pampa Lagunillas, territorio de la comunidad aymara  Cancosa, ubicada en la comuna de Pozo Almonte. En aquel lugar se ubican bofedales y vegas, ecosistemas de humedales de la prepuna andina que alberga gran biodiversidad y representa el sustento de la actividad agrícola y ganadera tradicionales de aquella comunidad.  Otro caso emblemático surge en la provincia de Petorca (zona central) localidad caracterizada por la agricultura de cítricos y paltos. Hace años que no se tiene agua superficial, lo que evidencia la extrema situación de sequía que vive esta localidad de la V región.

Impacto hidrológico: Chile es catalogado como un país abundante en agua dulce, capaz de satisfacer fácilmente la demanda interna, con promedios de 53.000 m3/persona/año de agua superficial y subsuperficial, cuando el umbral de sustentabilidad se marca en 2000 m3/persona/año, de acuerdo a cifras del Banco Mundial. Sin embargo, este promedio cambia cuando se analiza el país por zonas, donde el norte marca valores muy por debajo de lo suficiente para el consumo humano en comparación a la zona sur. Hoy se reconocen 8 cuencas hidrológicas en estado crítico, pero las consecuencias de esta situación son desconocidas debido a la carencia de estudios que aborden los efectos socioecológicos del déficit de agua. No obstante, ya se sabe que los impactos abarcan procesos ecosistémicos tales como filtración de agua, retención de humedad en el bosque o acumulación de agua en acuíferos y, por consiguiente, impactando sobre el bienestar humano. Si bien se conocen ciertas dinámicas hídricas de casos puntuales y acotados a lugares específicos, existe un desconocimiento general del funcionamiento de los acuíferos en Chile. Aun así, las determinaciones sobre la extracción de agua se realizan sin ningún antecedente sobre sus posibles consecuencias, por lo que el sobreuso de agua podría impactar a los ecosistemas, sin poseer información exacta sobre la dinámica local de dichos acuíferos.

Reformas legales: Hasta la fecha, existen al menos trece iniciativas importantes para modificar tan sólo el Código de Aguas y alrededor de doce que pretenden realizar un cambio en la Constitución, la mayoría elevando a rango constitucional el dominio público de las aguas. Estas iniciativas incluyen proyectos con pequeñas modificaciones, como limitar la entrega del derecho de agua en un sólo río de Chile 

Desafíos: Para hacer frente a esta crisis, resulta imprescindible realizar un cambio constitucional que se ajuste a las necesidades no sólo económicas, sino que también sociales y ambientales del país. Aun cuando se han realizado pequeñas modificaciones al Código de Aguas, sin un cambio constitucional que la establezca como un bien común y no como bien particular, las modificaciones que se puedan hacer a la ley no dejarán de ser cosméticas y no apuntarán a un real cambio de paradigma sobre cómo se concibe el agua, tanto a nivel de sociedad como de ecosistemas. Más aún, para que estos cambios sean adecuados y coherentes con la realidad de cada territorio, es fundamental que sean elaborados en conjunto con las comunidades, de modo que el diseño, gestión y fiscalización del uso del agua provenga desde los mismos actores sociales que dependen cotidianamente de ella. Este el caso de muchas APR que subsisten en nuestro país.

Al eliminarse el código de agua, este elemento vital pasaría a manos del Estado pasando a ser cargo del Ministerio de Medio Ambiente en donde será dividido para consumos de la población (agua potable) y consumo de regadío por sección.

Con el agua potable se implementaran APR a lo largo del país, pasando del Ministerio de Economía al Ministerio del Medio Ambiente. Con el objetivo de controlar el consumo de éstas, las cuales serán responsables de la cobranza por la sanitización y mantención de las aguas. Y con el agua de regadío s se implementaran oficinas de fiscalización y control de la distribución del caudal separándola por secciones.

 En cada sección se ubicaría una oficina de fiscalización y distribución del agua a cargo de la D.G.A. (entidad que asumiría estos roles con mayor poder).

 

Si estos métodos no son cumplidos habrán sanciones las cuales consisten en:

En lo potable:

1.-  Aviso de corte de suministro del agua potable

2.- corte suministro

En lo fluvial: Si un privado o cualquier entidad interviene los cursos fijados por la D.G.A

1.- multa de 5 UTM

2.- pena mínima de cárcel

3.-reduccion del 15% de terreno intervenido por los caudales del rio, en caso de que esta falta sea reiterada, se reducirá un 30%, luego a un 60% hasta un 75%

El 40% de estas multas anuales irían  a un fondo destinado a reparaciones de equipos o para solucionar cualquier problema de uso. El 60% iría a parar al Ministerio del Medio Ambiente, para ir en apoyo de políticas de preservación medioambientales de la zona correspondiente, promoviendo, así  una efectiva descentralización de los recursos y apoyando el desarrollo sustentable.

En conclusión, este proyecto de ley pretende  dar una solución  a una problemática que día a día se hace más apremiante sobre todo si pensamos que las grandes mineras están haciendo uso para beneficio privado de un bien común, a costa, por ejemplo,  de intervenir glaciares,  y que los resguardos de este vital elemento no han sido debidamente protegidos por el estado de Chile, pero sí arbitrariamente  utilizados; ya sea por las cupríferas o por los privados; ese es nuestro aporte entender que el agua debe alcanzar para satisfacer las necesidades básicas de nuestro país y no ser una moneda de intercambio, ni de mercado.