Promover la educación artístico-cultural en todo el proceso educativo para fortalecer la formación integral de la persona.


Arriarán Barros - PUERTO MONTT - Región de los Lagos



Proyecto de Reforma a la ley N° 20370

Correspondiente a un mensaje de ley – Función: Manda.

En Chile, de acuerdo a la Ley Nº 20370 (Ley general de la educación), en el Párrafo 1º “principios y fines de la educación, artículo 2º, se señala que “La educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca distintas etapas de la vida de las personas y que tienen como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante a la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas”, además el artículo 5º del párrafo 2º “derechos y deberes” se indica que “Corresponde al Estado, asimismo , fomentar la probidad, el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades y promover el estudio y conocimiento de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana; fomentar… la creación artística…”. Según estos enunciados el estado chileno tiene por obligación promover  una educación integral, vale decir, que  abarque las distintas áreas del conocimiento, sin embargo, en el último tiempo se le ha dado un mayor énfasis a la educación científico humanista, siendo el área artística el área afectada ya que es ésta la que pierde importancia y relevancia en el currículum nacional, ya que las horas curriculares tanto de música como de artes, con respecto al total de horas de clases, constituye a un 10,5% de 1ero a 4to básico, y sólo un 6% en 5to y 6to básico. Por consiguiente, se concluye entonces que en Chile el área artístico cultural ha quedado en el último plano, en una clara contradicción a los objetivos y deberes planteados en la ley general de la educación y con ello igual se cae en una contradicción con la tendencia mundial actual sobre la educación, que consiste en promover e impulsar un proceso educativo basado en los postulados sobre las inteligencias múltiples, tal como postula el reconocido psicólogo de la universidad de Harvard, Howard Gardner.

El objetivo de esta modificación a la ley 20370 es la de recuperar la capacidad creativa de las personas que se ha ido perdiendo a través del tiempo en consecuencia directa de la disminución del currículum del área artístico-cultural que es el área que trabaja y desarrolla esta capacidad, la formación integral de la persona humana que es el ideal educativo que se fomenta a nivel mundial y la no contradicción de los objetivos y principios educacionales y los deberes del estado al mencionar al área artística como una de las áreas esenciales del desarrollo de la persona.

Para la realización de esta modificación a la Ley General de Educación se propone lo siguiente:


1.- Que el área artístico–cultural esté presente en la educación desde Pre- Kinder a 4º año medio.
2.- Que esté presente en el proyecto educativo de cada colegio en forma obligatoria.
3.- Aumentar las horas de clases en la asignatura tanto como de artes como de música para que éstas se encuentren en un equilibrio con las demás asignaturas, ya que para el desarrollo humano todas tienen la misma importancia.
4.- Un ambiente educado, efectivo y exclusivo para el ejercicio adecuado y efectivo de esta disciplina.
5.- Un financiamiento directo a implementos y herramientas para el desarrollo adecuado de la actividad artística educacional.
6.- Que esté orientado a todos los alumnos, independientes de sus condiciones o capacidades, ya que las artes forman parte importante de su desarrollo personal e integral.



http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201103050142570.Ley_N_20370_Ley_General_de_Educacion.pdf

http://howardgardner.com/

http://www.leychile.cl/N?i=1047444&f=2012-12-24&p= (biblioteca congreso nacional)

http://www.mineduc.cl